Permiso de conducir en Alicante

Permisos

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AM- Ciclomotores

De dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros, aunque podrá estar limitado a la conducción de ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.

A1- Motocicletas

Con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kw y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kw/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no excede de 15 kw.

A2- Motocicletas

Con una potencia máxima de 35 kw y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kw/kg y no derivados de un vehículo con más del doble de su potencia.

B- Turismos

Cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de 8 pasajeros, además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

 

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima del conjunto no exceda de 4.250 kg; sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

C1- Camiones hasta 3500kg

Distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada excede de 3.500 kg y no sobrepasa los 7.500 kg, diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

C1+E – Conjunto de vehículos

Acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada excede de 750 kilogramos, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kilogramos, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Conjuntos de vehículos

Acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 12.000 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

C – Camión

Distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

C+E – Conjunto de vehículos

Acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada excede de 750 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

D1 – Autobús hasta 16 plazas

Diseñados y construidos para el transporte de no más de dieciséis pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de ocho metros. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

D1+E - Conjuntos de vehículos

Acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

D – Autobús

Autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

D+E - Conjuntos de vehículos

Autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

 

Todas las clases de permiso de conducción de que, en su caso, sea titular una persona deberán constar en un único documento.

 

A estos efectos, hay que tener en cuenta la definición que en el Anexo II del Reglamento General de Vehículos se da de ciclomotor de tres ruedas, cuadriciclos ligeros (que pueden conducirse, como mínimo, con la clase AM del permiso de conducción) y vehículo de tres ruedas y cuadriciclo (algunos precisas de la clase A y otros de la clase B del permiso de conducción).

 

Otra cuestión a considerar es que, actualmente, tanto el término cuadriciclo como cuatriciclo es usado indistintamente en la normativa referente a tráfico de vehículos a motor.

 

Consúltanos, en Autoescuela Portugal te asesoraremos de forma personalizada en todo lo que requieras, referente a permisos de conducción.

En nuestra autoescuela contamos con una

amplia variedad de permisos y cursos.

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